vie. Mar 28th, 2025

¡Ya es permitido el divorcio por la voluntad de un solo cónyuge en Colombia!

Por: Henry Chingaté Hernández – Abogado especializado, Universidad Católica de Colombia.

Con fundamento en la Constitución Política de Colombia y la Ley 2442 de 2024, hoy se puede realizar solicitud unilateral de divorcio, ante un juez o notario. Se protege el Derecho a la Libertad, de cualquiera de los dos miembros que conforman un matrimonio.

Por la sola manifestación de la voluntad, de se logra el divorcio. Si se acabó el amor, es mejor vivir en paz, armonía, en sana convivencia, con respeto y siendo feliz.

Muchos casos de violencia intrafamiliar, en su mayoría en contra de las mujeres, se presenta porque se acabó el amor, ya no se quiera vivir con su cónyuge, por ende, ya no se soportan vivir como pareja, terminando en procesos judiciales ante Fiscalía y Juzgados Penales, Comisarias de Familia o ICBF y en muchos casos terminan en el cementerio o en centros de salud.

Con esta nueva causal de divorcio, se garantiza el derecho de ser libres en una relación afectiva y por ende los jueces, deberán garantizar los derechos superiores de los niños, niñas, o adolescentes, por ende, se protegen los derechos de los hijos, en lo que tiene que ver con los alimentos, custodia, regulación de visitas, patria potestad, así mismo se garantiza el patrimonio de la sociedad conyugal y se impone el suministro de alimentos para el cónyuge que carezca de medios para la subsistencia, siempre y cuando no contraiga un nuevo vínculo matrimonial o una nueva unión marital de hecho.